Para los proyectos de Laguna Norte , Casas del Rahue y Parque Mirador III, incluiremos la siguiente cláusula en la promesa que indica que de existir un despido durante el periodo de compra, no correrá la multa de 10%, quedando sólo en UF 10 si ocurre.
No obstante lo antes señalado, en caso que entre esta fecha y aquella en que deba otorgarse el contrato prometido, el promitente comprador perdiere el empleo bajo subordinación y dependencia que actualmente tiene, por despido unilateral por parte de su empleador, argumentando necesidades de la empresa, de acuerdo a lo que establece el artículo 161 del Código del Trabajo, podrá desistirse de la presente promesa sin que se le aplique la multa del 10% del valor de la propiedad antes señalada, debiendo pagar exclusivamente una suma equivalente a 10 Unidades de Fomento en que se estima, de común acuerdo, el costo que para la Inmobiliaria implica el haber mantenido, sin poder comercializar el inmueble objeto de la promesa, desde la fecha de la celebración de ésta.